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Centros de estudiantes: ¿qué es un estatuto y cómo armarlo?

Todos los centros de estudiantes para ser reconocidos institucionalmente deben contar con un estatuto que los respalde. En este artículo te contamos de qué se trata este documento, cómo armarlo y cuáles son sus características.


El estatuto es un documento que fija los derechos y responsabilidades del centro de estudiantes de una escuela: establece su forma de funcionamiento, sus mecanismos de elección, el modo de tratar los proyectos y otras cuestiones que hacen a la vida orgánica escolar. En principio, se tiene que conformar con la mayor participación posible de estudiantes de la institución educativa y, según la Ley N.° 26.877, debe estar «en correspondencia con la legislación nacional y de cada jurisdicción».

Las partes de un estatuto

Este tipo de documento debe contener un articulado y estar ordenado por títulos, secciones, capítulos, artículos e incisos (en ese orden, según corresponda). De acuerdo con el artículo 7 de la Ley N° 26.877, un estatuto, independientemente de su estructura, está compuesto por las siguientes partes:

  1. Objetivos.
  2. Órganos de gobierno y cargos que lo componen.
  3. Funciones.
  4. Procedimientos para la elección por voto secreto, universal y obligatorio, y renovación de autoridades.
  5. Implementación de instancias de deliberación en la toma de decisiones.
  6. Previsión de órganos de fiscalización.
  7. Representación de minorías.

A modo de ejemplo, te acercamos una posible estructura para el estatuto de un centro de estudiantes:

●    Preámbulo: es una especie de introducción al texto. De manera general, puede mencionar las causas que llevaron a la conformación del centro de estudiantes, del estatuto o los objetivos y/o ideas generales que impulsaron la organización estudiantil.
●    Antecedentes (o visto): aquí se incluyen todas las normativas, tanto a nivel nacional y jurisdiccional (en ese orden), que dan derecho y regulan la participación estudiantil a través de los centros de estudiantes en las escuelas.
●    Fundamentos (o considerando): esta parte es opcional y puede describir de qué manera las normas que figuran en la sección de «Antecedentes» dan sustento a la conformación del centro de estudiantes y del estatuto.
●    Articulado: parte dogmática.
     ○    Denominación o creación: se conforma el centro de estudiantes de la escuela. Se establece el domicilio (dirección de la escuela) y la función de representación estudiantil de la institución educativa.
     ○    Principios, fines y objetivos: es la sección donde se establecen de manera general los objetivos, la finalidad y los principios del centro de estudiantes. Una orientación para esto es lo que marca la Ley N°26.877 en su artículo 6, donde fija los principios generales de los centros de estudiantes.
     ○    Derechos y obligaciones: ¿hasta dónde tiene alcance un centro de estudiantes? ¿Qué puede hacer y qué está obligado a cumplir? Es importante tener en claro sus funciones y competencias y establecerlo en el estatuto para que nadie pueda limitar o prohibir su accionar.
     ○    Miembros o integrantes: el conjunto de estudiantes de una institución educativa pertenece a su centro de estudiantes en calidad de miembros, sin participar necesariamente en él de manera activa. Por esto, es preciso establecer estos derechos (participar de las reuniones, elegir y ser elegidos representantes, conocer las actividades, etc.) y deberes (votar en las elecciones, conocer y acatar el estatuto, entre otros).
●    Articulado: parte orgánica
     ○    De la Comisión Directiva: se deben detallar las funciones y cargos. De base, hay presidencia, viceprepresidencia, secretaría general, tesorería y vocalía. Pueden establecerse nuevas secretarías de acuerdo con las temáticas que quiera trabajar el centro de estudiantes.
     ○    De la Junta Electoral: se deben detallar las funciones y cargos de aquellas personas que tendrán la responsabilidad de desarrollar las elecciones de manera transparente y que garanticen la mayor participación.
     ○    Del Cuerpo de Delegados/as: se deben describir de manera general las funciones y mecanismos de elección de las personas delegadas del curso. Cada cuerpo de delegados/as establece su propio estatuto o carta orgánica.
     ○    Régimen electoral: se establece en qué momento se realizan las elecciones del centro de estudiantes y cuáles son los plazos para la presentación de las listas, candidatos/as, boletas, tiempo de campaña, entre otras cuestiones que hacen al acto electoral.
     ○    Reuniones: es necesario detallar cómo funcionan las reuniones ordinarias de un centro de estudiantes, quién o quiénes las convocan, cómo se toman las decisiones, etc.
     ○    Asambleas: son un espacio de reunión entre los y las estudiantes de toda la escuela. Se convocan cuando se deben tratar asuntos importantes de la institución o del centro de estudiantes, o tomar decisiones de máxima relevancia.
     ○    Documentación y tratamiento de proyectos: ¿cómo se aprueba un proyecto? ¿Quiénes pueden votar a favor de este? ¿Cómo se presenta? ¿Qué formato deben tener? Todo esto tiene que establecerse en el estatuto para fortalecer el funcionamiento prolijo de un centro de estudiantes.
     ○    Régimen de renuncias, suspensiones, sanciones y expulsión de representantes: es necesario anticiparse al caso de que un/a integrante de la comisión directiva o del cuerpo de delegados/as, decida renunciar. Se debe establecer quién y cómo se reemplaza su puesto, y cómo debe presentarse la renuncia. Por otra parte, y solo ante situaciones de gravedad y falta de conducta, el centro de estudiantes puede crear mecanismos para suspender, sancionar e incluso expulsar del centro a un/a estudiante. Esto evita que alguna persona sea sancionada injustamente.
     ○    Proceso de renovación del estatuto: el funcionamiento de un centro de estudiantes cambia con el tiempo. Por eso, debe establecerse de qué manera se modifica un estatuto, cómo se toma esta decisión y cuáles son los requisitos para cambiarlo.

Esta estructura no es obligatoria, y cada centro de estudiantes puede tomar sus propias decisiones respecto de cómo será su funcionamiento. Aun así, reiteramos que para que un estatuto sea aprobado, debe estar «en regla» con la normativa nacional y jurisdiccional.

¿Cómo se aprueba un estatuto?

El estatuto se crea a partir de la iniciativa de las y los estudiantes, y ningún docente, directivo/a o adulto/a puede modificarlo o crearlo a su antojo, aunque a veces es valioso contar con alguien que pueda orientar y colaborar en su redacción. De mínima, se recomienda que tanto la comisión directiva como el cuerpo de delegados/as de un centro de estudiantes aprueben el estatuto, aunque también se puede ampliar la participación mediante un sistema de voto, una asamblea abierta u otros mecanismos.

Luego, hay que enviar una copia firmada por la o el presidente del centro al equipo directivo, que tendrá que elevarlo a las autoridades correspondientes para ser aprobado. En caso de que un equipo directivo no eleve el estatuto para ser aprobado en un plazo razonable, se puede recurrir a las autoridades o referentes jurisdiccionales educativos para presentar el reclamo.

Ficha

Publicado: 14 de junio de 2023

Última modificación: 28 de junio de 2023

Audiencia

General

Área / disciplina

No disciplinar

Nivel

Secundario

Categoría

Material audiovisual

Modalidad

Todas

Formato

Texto

Etiquetas

centro de estudiantes

participación

organización

estudiantes secundarios

Autor/es

Dirección de Articulación con la Sociedad Civil

Licencia

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