12 de junio: Día Mundial contra el Trabajo Infantil
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) instituyó este día en 2002 con el propósito de enfatizar la envergadura del tema a fin de generar medidas para su erradicación.
Cada año en dicha fecha, gobiernos, organizaciones, representantes de la sociedad civil, medios de comunicación y muchos otros actores realizan campañas para concientizar sobre la importancia de luchar contra esta problemática. La cuestión también está presente en el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) N.º 8 de la ONU, «Trabajo decente y desarrollo económico», que exige el fin del trabajo infantil para 2025 y promueve, en general, buenas condiciones y prácticas laborales decentes que velen por los derechos humanos, tales como sueldos dignos, jornadas justas y apoyo a actividades productivas sostenibles.
Las normas internacionales y la misma OIT determinan que el trabajo infantil priva a los niños y las niñas de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.
En este sentido, su definición incluye tareas que:
- sean peligrosas y perjudiciales para el bienestar físico, mental o moral de la niña o el niño;
- interfieran con su escolarización, puesto que:
- les quita la posibilidad de asistir a clases;
- los obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o
- les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo.
Las formas más extremas de trabajo infantil suponen situaciones de esclavitud de niños y niñas, la separación de sus familias, la exposición a graves peligros y enfermedades o incluso el abandono a su suerte en la calle de grandes ciudades (con frecuencia a una edad muy temprana).
Los criterios que intervienen en la definición de una labor como trabajo infantil se relacionan con el tipo de trabajo en cuestión y la cantidad de horas dedicadas, las condiciones en que se lo realiza, y los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector.
Aunque el fenómeno tiene múltiples causas, cabe destacar las principales: las niñas y niños deben trabajar para garantizar su subsistencia porque sus familias no cuentan con un trabajo o un ingreso suficiente, porque los sistemas de educación y de protección social fallan y porque las personas adultas se aprovechan de su vulnerabilidad. Sumado a lo anterior, se presentan factores culturales, creencias arraigadas acerca de que el trabajo es bueno para los niños y niñas dado que ayuda a desarrollar su carácter y competencias. También está la idea del legado, de que deberían seguir los pasos de sus progenitores y aprender su oficio a una edad temprana. Y además las tradiciones que obligan a las familias pobres a contraer deudas que se pagan mediante el trabajo infantil.
Según datos de la OIT, en 2017, 152 millones de menores (64 millones de niñas y 88 millones de niños) trabajaban, lo que representa casi 1 de cada 10 niños y niñas en el mundo. El 71% se desempeña en el sector agrícola y el 69% dentro del seno familiar sin percibir remuneración.
Cerca de la mitad de los y las menores que trabajan lo hacen en tareas peligrosas que ponen en riesgo su salud, seguridad o moralidad. Si se contabiliza a jóvenes que alcanzaron la edad legal para trabajar, la cifra llega a 218 millones.
Si bien desde 2000 el trabajo infantil ha descendido en un 38%, pasando de 246 millones a 152 millones, la OIT advierte que las consecuencias de la pandemia de COVID-19 en los ingresos y la falta de asistencia económica podrían generar que las familias vean el trabajo infantil como una salida válida para su situación. De acuerdo a la OIT, con base a ciertos estudios «un aumento de un punto porcentual del nivel de pobreza conlleva un aumento del 0,7%, o más, del trabajo infantil».
En nuestro país, el Observatorio de Trabajo Infantil y Adolescente (OTIA) lleva adelante monitoreos para generar acciones en pos de eliminar esta problemática. La última Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes (EANNA), realizada en 2017, evidencia que cerca de 764 mil niñas y niños de entre 5 y 15 años y otros 429 mil de entre 16 y 17 años realizan alguna actividad económica. En este último caso, cabe aclarar que la ley argentina reglamenta la realización de ciertas actividades, pero con algunas consideraciones.
Respecto de las actividades que realizan los casi 764 mil niños y niñas, los resultados contemplan las dimensiones económicas y no económicas del trabajo infantil. Como figura en el siguiente gráfico, 291.335 menores participan en las actividades dirigidas al mercado (actividad laboral que genera bienes y servicios con valor económico en el mercado); las actividades orientadas al autoconsumo del hogar (ayuda en la construcción o arreglos en la propia casa, cuidado de la huerta o de animales, entre otros) suman 227.498 casos; y 367.569 realizan tareas domésticas intensas en el hogar (de limpieza, cocina o arreglos de la propia casa, así como el cuidado de hermanos, hermanas u otra persona con la que convivan).
Materiales para trabajar el tema en clase
Convención sobre los Derechos del Niño
Tratado internacional de las Naciones Unidas por el que los Estados firmantes reconocen los derechos del niño. En sus artículos se consagran el derecho de los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años a la protección de la sociedad y del Estado, a desarrollarse en medios seguros y a participar activamente como ciudadanos. La CDN, documento de base para todo el trabajo con la infancia y con la adolescencia, reconoce a los niños como sujetos de derecho y a los adultos como responsables.
Convenio 182, Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil
Convenio fundamental de la OIT, que aborda las denominadas «peores formas de trabajo infantil» e insta a los Estados a tomar medidas inmediatas y eficaces a fin de prohibir y eliminar con carácter de urgencia estas prácticas.
Convenio 138, Sobre la Edad Mínima de Admisión a un Empleo
Este documento basa los criterios para fijar esta edad mínima según la finalización de la escolaridad obligatoria y las condiciones del trabajo. Establece que, en términos generales, la edad mínima de admisión no podrá ser inferior a la edad en que cesa la instrucción obligatoria establecida por cada país. En el caso de los trabajos peligrosos para la salud, la seguridad o la moralidad, esta edad mínima deberá fijarse en los 18 años.
Ley Nacional 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente
Esta ley, promulgada en 2008, atañe al trabajo de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años. Por ella se eleva la edad mínima de admisión al empleo a 16 años y se establecen las condiciones de la jornada de trabajo para las y los menores de 18, con el objetivo de firmar contratos de trabajo, participar en juicios, etc.
Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
Esta ley de 2005 protege de manera integral los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales.
Síntesis de la «Encuesta de actividades de niñas, niños y adolescentes (EANNA), 2017»
En la publicación se presentan los resultados de esta encuesta cuyo objetivo es medir y diagnosticar con precisión la situación del trabajo infantil en el país. El documento está organizado en dos apartados diferenciados para el ámbito rural y urbano, y se efectúa el análisis por sexo a fin de facilitar la comprensión de los papeles diferenciales de niños y niñas en su participación en el conjunto de actividades productivas. Los dos apartados están precedidos por un capítulo que informa los agregados nacionales y los contextualiza en el tiempo.
Fuentes
Web de la OIT creada especialmente para la fecha
Publicación EANNA, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Ficha
Publicado: 09 de junio de 2021
Última modificación: 18 de junio de 2021
Audiencia
Docentes
Área / disciplina
Ciencias Sociales
Formación Ética y Ciudadana
Nivel
Primario
Secundario
Categoría
Artículos
Modalidad
Todas
Formato
Texto
Etiquetas
trabajo infantil
derechos de niños, niñas y adolescentes
Autor/es
Juliana Zugasti
Licencia
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