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Juntos por derecho

En la madrugada del 15 de julio de 2010 ocurrió en Buenos Aires un hecho insólito: a las cuatro de la mañana centenares de personas improvisaron una marcha desde el Congreso hasta el Obelisco. Festejaban la aprobación de una nueva Ley de Matrimonio que contempla a las parejas homosexuales.

Si las movilizaciones callejeras se caracterizan por ser manifestaciones públicas, esta marcha resultaba paradójica: nadie estaba allí para observarla; y a la vez, todas las miradas estaban puestas en ese proceso que acababa de culminar en Argentina, convirtiéndola en el primer país en América Latina en reconocer el derecho al matrimonio a gays y lesbianas. ¿Cómo había podido suceder algo así? 


Implicancias de la Ley

La ley 26.618, conocida como de “Matrimonio Igualitario” habilita a que parejas conformadas por dos mujeres o dos varones puedan acceder al matrimonio, y con ello, al conjunto de derechos y obligaciones que la institución establece. 

La nueva ley vino a sacudir la constitución privilegiada de un determinado tipo de familia, presentado como el modelo normal, y a derribar los obstáculos que sufrían otras modalidades de arreglos familiares que no se ajustaran a aquel modelo.

Campaña contra el divorcio 

El reconocimiento estatal también sirvió para debilitar y deslegitimar otras violencias y discriminaciones presentes en la sociedad: “Si el Estado me reconoce, ¿cómo no me van a reconocer mi familia, mis vecinos, mis empleadores?”. Si bien la conexión entre prácticas sociales y normas legales no es sencilla ni siempre lineal, puede pronosticarse que las violencias se extienden cuando están respaldadas por el accionar estatal.


Video sobre el crimen de Natalia Gaitán, asesinada en Córdoba por el padrastro de su novia (Fuente: La Voz).

La aprobación de esta ley no solo tiene importancia por establecer la igualdad como principio orientador, procurando que la regulación estatal no distinga entre parejas “aceptables” y parejas “ilegítimas”, sino que durante su promulgación el Poder Ejecutivo Nacional recibió en la Casa Rosada –por primera vez en la historia– a representantes de organizaciones de gays, lesbianas, travestis y transexuales. Ello vino a coronar un largo proceso de activismo y a consolidar un nuevo tipo de vínculo entre el Estado y la diversidad, en este caso sexual.

Antecedentes

En el recorrido hasta llegar a la ley pueden mencionarse las leyes de Divorcio Vincular y de Patria Potestad Compartida que, en los inicios de la recuperación democrática, también establecieron la autonomía (para disolver el vínculo) y la igualdad (entre padres y madres, entre hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio) como principios rectores. 

El activismo gay lésbico –y luego también travesti, transexual e intersexual– es un actor central para comprender este proceso de reconocimiento legal de la diversidad sexual: forjado a fines de los sesenta en el contexto de los movimientos de liberación (social, sexual, cultural), con la recuperación democrática toma un nuevo impulso, demandando el fin de la represión y la discriminación

Marcha por derechos e igualdad

Durante los noventa, la combinación de políticas neoliberales y expansión del VIH/sida hará de muchas de sus organizaciones un sustituto imprescindible de las respuestas estatales y comunitarias a la epidemia. A partir del año 2000, las organizaciones de la diversidad sexual, como otros movimientos sociales, inician un nuevo vínculo con el Estado y las instituciones formales: proponiendo y sancionando leyes (como la de Unión Civil, de Buenos Aires, en el 2002) y generando políticas públicas desde y con el Estado, buscando garantizar el goce efectivo de derechos para gays, lesbianas, trans y otras diversidades sexuales. De hecho, y a manera de ejemplo, se articuló un cúmulo de resoluciones en el campo de la salud y la educación, áreas de diversidad en diversos municipios, y disposiciones como la de la Anses, que en 2008 reconoció derechos de pensión a las parejas gay lésbicas.

Discutir democráticamente nuestras propias normas

El debate en torno a la posible inclusión de las parejas gay lésbicas en el matrimonio ocupó unos pocos meses, desde que comenzó a tratarse en las Comisiones de la Cámara de Diputados hasta que fue finalmente sancionada la nueva ley.

  

Durante ese lapso, el debate alcanzó a diversos “públicos”: salió de los pasillos del Congreso para difundirse en los medios de comunicación y colarse en las cenas familiares, las escuelas, los espacios de trabajo. Muchos se sintieron convocados a discutir, a plantear argumentos, a reformular sus posiciones. 

También, fue un momento en que se discutió quién y cómo debía tomarse la decisión: ¿podía resolverlo el Poder Judicial? ¿O eran las y los diputados y senadores quienes tenían que hacerlo? ¿Votarían basados en su convicción personal, las definiciones de su partido político, los habitantes de su provincia? ¿O es que ante este tipo de asuntos debiera realizarse una consulta popular? ¿Pueden someterse a la regla de la mayoría los derechos de minorías? Todas estas preguntas fueron, de un modo u otro, planteadas durante el debate.



Asimismo se interrogó quiénes podían ser considerados iguales: si había que aplicar una “discriminación justa” o si, precisamente, la igualdad política supone la existencia de diferencias que (sin embargo) no son consideradas como relevantes en términos de ciudadanía. Las discusiones sobre matrimonio civil operaron entonces como un escenario de disputa en torno a cómo conciliar el reconocimiento de una sociedad diversa y plural junto con la igualdad de derechos y el acceso equitativo a la ciudadanía. A partir de ahí, la demanda comenzaría a ser reconocida bajo un nuevo rótulo: “matrimonio igualitario”.

Así, en esa madrugada fría de julio de 2010 no solo se festejó la ampliación de derechos ciudadanos. Se celebraron también aquellas preguntas, la ampliación del debate y la capacidad de la sociedad para poner en discusión sus reglas de funcionamiento. En definitiva, el proceso que concluyó en la Ley de Matrimonio Igualitario mostró que son las sociedades las que definen y redefinen sus propias normas.

 

Ficha

Publicado: 12 de julio de 2012

Última modificación: 13 de julio de 2012

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Renata Hiller

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BBC Mundo, ciudadaniasx, C5N, Flickr, La Voz

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