Crónicas del levantamiento

Documento 1

CÓRDOBA “La Cámara Federal declaró en rebeldía al mayor del Ejército Ernesto Barreiro, militar en actividad, que no se presentó a declarar ante el tribunal que había decidido indagarlo sobre presuntas violaciones a los derechos humanos. (...) En horas de la noche, el ministro de Defensa resolvió dar de baja al mayor Barreiro y reiteró la decisión de hacer frente a “cualquier intento de alterar el orden institucional”. El militar, quien cumplía funciones en el Comando Logístico de Palermo en Buenos Aires, había sido citado para responder sobre cargos que se le efectúan en la causa unificada Conadep-La Perla. Las acusaciones lo vinculan con abusos en la represión del terrorismo entre los años 1976 a 1980. (...)”

Fuente: La Nación, jueves 16 de abril de 1987

Documento 2

“(...) Cerca del mediodía, dos capitanes que ostentaban en sus uniformes las insignias de la infantería aerotransportada, se aproximaban al grupo de periodistas que desde hora temprana montaban guardia frente a la entrada del III Cuerpo. Uno de ellos –quien pidió no fuese fotografiado– se avino a formular declaraciones sobre la situación (...) ‘Nosotros –agregó– hemos sido soldados que hemos cumplido órdenes, por acción o por omisión; nuestros comandos nos avalaron y la Nación Argentina, en su momento, nos avaló. Por lo menos nosotros creíamos que nos avalaba. Hoy en día, a nosotros nos resulta insostenible la situación en que nos han metido, razón por la cual hemos desconocido la orden del estado mayor general del Ejército de presentarnos a la Justicia. Nuestros jueces naturales, en aquel entonces por lo menos eran, cuando se cometieron estos delitos presuntamente, eran unos, hoy son otros y nos juzga gente que ni siquiera nos comprende, que sólo ahora está aprendiendo cuáles son nuestros hábitos, nuestra forma de trabajar, nuestra forma de hablar. Como los periodistas tienen su ‘modus operandi’, también los militares tenemos nuestro ‘modus operandi’.”

Fuente: La Nación, sábado 18 de abril de 1987.

Documento 3

“(…) Tampoco he de hacer concesiones ante iniciativa o presión alguna que pretenda limitar, condicionar o negociar el igualitario sometimiento de todos los ciudadanos –con o sin uniforme– a los dictados de la ley. “Se pretende por esta vía imponer al poder constitucional una legislación que consagre la impunidad de quienes se hallan condenados o procesados en conexión con violaciones de derechos humanos cometidos durante la pasada dictadura. “No podemos, en modo alguno, aceptar un intento extorsivo de esta naturaleza. (…) Entonces, aquí no hay nada que negociar. La democracia de los argentinos no se negocia”.

Fuente: Fragmento del discurso del presidente Alfonsín en el Congreso Nacional. La Prensa, 18 de abril de 1987.

Documento 4

(…) Anoche, la crisis parecía agravarse en su significación, dado el paso del tiempo, pero La Nación está al tanto de gestiones que podrían resolver finalmente la situación de forma incruenta. (…) Hoy, los partidos políticos y el Gobierno firmarán un compromiso solemne, el Acta de Defensa de la Democracia, en apoyo de las instituciones, y han convocado a una movilización popular y concentración en la Plaza de Mayo a las 12. (…) Pero los caminos negociadores para hacer desistir a los amotinados de su posición no parecían del todo cerrados anoche. A las múltiples gestiones realizadas durante todo el día por representantes de las Fuerzas Armadas, de la Iglesia y políticos (…) se sumó un contacto reservado con los miembros de la Corte Suprema, dijeron fuentes seguras a La Nación. Se había pedido al Alto Tribunal que definiera de una vez por todas el tema de la “obediencia debida”, que permitiría deslindar responsabilidades en la guerra antisubversiva, la bandera que aglutina a la oficialidad joven, y que es esgrimida por los rebeldes como justificación de su actitud. La Corte estaría dispuesta a dar tal definición.”

Fuente: La Nación, domingo 19 de abril de 1987.

Documento 5

“‘Compatriotas: felices Pascuas’, fue su modo de anunciar a medio millón de personas congregadas frente a la Plaza de Mayo y al país por la cadena oficial, el fin de una rebelión de 96 horas que comprometió con inusitada gravedad a las instituciones de la República. Antes, el Presidente había anunciado a la multitud su decisión de trasladarse al acantonamiento para intimar la rendición de los sublevados. ‘Les pido a todos que esperen, y si Dios quiere, dentro de un rato vendré con soluciones’, dijo. Alfonsín se trasladó a la guarnición donde se halla la unidad alzada, la Escuela de Infantería, en un helicóptero de la Fuerza Aérea, que aterrizó en la Dirección de Institutos Militares. (…) Intimado a rendirse, Rico aceptó y quedó bajo arresto, junto con el centenar y medio de oficiales a sus órdenes. (…)”

Fuente: La Nación, lunes 20 de abril de 1987.

Documento 6

“(…) Aldo Rico, emocionado, casi eufórico, dijo: ‘Llegamos a un acuerdo con el Presidente, en su calidad de comandante en jefe, porque estábamos autolimitados en nuestros objetivos. El Presidente dijo que no somos golpistas y esto es así. (…) Esta medida aparentemente desmedida fue la única forma de llamar la atención de las autoridades. Este que está aquí es el verdadero Ejército Nacional que se limitó para no enfrentarse al pueblo que lo insulta’. Finalmente expresó Rico: Estos combatientes lucharon contra la subversión y en las Malvinas. Engañados o no, hicieron muchas cosas, pero pensaron siempre en el servicio de la Nación. Dimos un ejemplo. El Presidente y los políticos lo entendieron. Dimos el puntapié inicial de una verdadera reconciliación del país’”.

Fuente: La Nación, lunes 20 de abril de 1987.

Documento 7

“El procurador general de la Nación, Juan Octavio Gauna, anticipó su intención de ‘acelerar el dictamen’ sobre el principio de obediencia debida que beneficiaría a los militares que cumplieron órdenes en la lucha antisubversiva (…)”

Fuente: La Prensa, martes 21 de abril de 1987.

Documento 8

“La Corte Suprema de Justicia de la Nación comenzó a analizar anoche el dictado de una resolución por la que se suspenderían por un plazo no menor de 15 a 20 días los juicios que se llevan a cabo en las distintas cámaras federales del país en relación con la lucha antisubversiva (...)” “La Corte Suprema de Justicia de la Nación retiró el voluminoso expediente de la causa sustanciada por el centro clandestino de detención y tortura que funcionó en la ESMA (...) La resolución (…), contenida en un comunicado de sólo seis líneas, significa de hecho la postergación sin fecha de uno de los procesos jurídicos que más expectativas había creado.”

Fuente: Clarín, 22 de abril de 1987.