Los acuerdos que complementan al Tratado Antártico
- MEDIDAS CONVENIDAS PARA LA PROTECCIÓN DE FLORA Y FAUNA
ANTÁRTICA, adoptada en Bélgica en 1964. Por esta "miniconvención"
se designó la Antártida como una "zona especial de conservación": se
establecieron: "Especies Protegidas", "Zonas Especialmente Protegidas" y
"Sitios de Especial Interés Científico". - CONVENCIÓN
PARA LA CONSERVACIÓN DE LAS FOCAS ANTÁRTICAS, adoptada en Londres
en 1972. Por este acuerdo se establecieron límites a las capturas por
especie de focas, se designaron zonas de captura y temporadas de veda. A
la fecha no se han registrado capturas comerciales de focas en la
Antártida desde 1978 en que la Convención entró en vigor. -
CONVENCIÖN PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS
ANTÁRTICOS, adoptada en Canberra, Australia, en 1980 y entró en
vigor en 1982. Tiene su sede permanente en la ciudad de Hobart,
Tasmania, Australia. Su objetivo es la conservación de todos los
recursos vivos marinos antárticos (poblaciones de peces, moluscos,
crustáceos y todas las demás especies de organismos vivos, incluidas las
aves, con excepción de las ballenas y las focas que están comprendidas
en otros acuerdos internacionales anteriores). El objetivo
de la Convención es la conservación de los recursos vivos marinos
antárticos y define a la conservación:"como la utilización racional" de
los recursos vivos. - PROTOCOLO AL TRATADO ANTÁRTICO
SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, adoptado en Madrid en 1991.
Es este un acuerdo que complementa al Tratado Antártico, no lo modifica
ni enmienda; a la vez que tampoco afecta los derechos y obligaciones
adquiridos por los otros instrumentos internacionales en vigor dentro
del Sistema del Tratado Antártico. Por el Protocolo se ha designado a la
Antártida como: "Reserva natural dedicada a la paz y a la ciencia".
Prohibe expresamente cualquier tipo de actividad relacionada con los
recursos minerales antárticos; esta prohibición se efectúa para los
próximos cincuenta años. El Protocolo cuenta con cinco
anexos, que se refieren específicamente a: ●
Evaluación de impacto sobre el medio ambiente. ●
Conservación de la Flora y la Fauna antártica. ●
Eliminación y tratamiento de residuos. ●
Prevención de la contaminación marina. ●
Sistema de Arreas Protegidas. Para lograr el más eficaz
cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos por la
Argentina, desde la firma del Tratado Antártico y su activa
participación en el Sistema del Tratado Antártico, en 1990 se dictó el
Decreto N° 2316 que establece la "Política Nacional Antártica", fijando
los intereses de la República Argentina en el continente antártico en
general y en el sector cuya soberanía reivindica en particular.
Fuente:
http://www.dna.gov.ar/DIVULGAC/POLITICA.HTM