El ejercicio de la ciudadanía no se reduce al hecho de elegir periódicamente a los gobernantes a través del voto. Ser ciudadano es contar con un conjunto de derechos y ejercerlos frente al Estado nacional y a la comunidad a la que se pertenece, así como frente a otros Estados nacionales y a otras comunidades. Pero resulta que, en la práctica, muchas personas ven vulnerados sus derechos. Formación Ética y Ciudadana no sólo implica el conocimiento de las normas sobre derechos y garantías, sino también el conocimiento de los medios para defenderlos. El funcionamiento de los medios de protección de los derechos presupone la existencia de instituciones democráticas.
A través de esta actividad se pretende que los alumnos desarrollen una lectura comprensiva y crítica del texto de un fallo judicial. Este análisis implicará distinguir entre hechos y normas y entre decisiones fundamentadas y decisiones arbitrarias, determinar cómo la falta de fundamentación en una situación concreta puede implicar la violación de un derecho y considerar que una solución puede ser adecuada en relación con determinadas circunstancias del caso pero no con otras.
1) Usted podrá presentar a los estudiantes un fallo judicial donde se encuentre limitado un derecho constitucional. A continuación, le presentamos un ejemplo de un fallo judicial 1 adaptado que trata sobre una medida estatal dictada por el Ministerio de Educación durante la última dictadura militar:
2) Desarrollo de la actividad: cada estudiante volverá a leer con atención el caso arriba citado para responder las siguientes preguntas, en forma individual o grupal, en forma oral o por escrito (como trabajo domiciliario): ¿quiénes son las partes en este juicio? ¿quién es el demandado? ¿quién es la demandante? ¿cuál es el objeto del juicio? ¿quién gana el juicio? Luego, en relación con el fallo, usted podrá preguntar a sus alumnos si consideran que los derechos pueden ser reglamentados en su ejercicio, pedirles que fundamenten su respuesta y que, en especial, determinen su relación con el encabezado del art. 14 CN. ¿Los derechos pueden ser reglamentados en forma irrazonable? ¿por qué?
A continuación, solicíteles que lean el art. 28 CN y luego analicen juntos: ¿cuándo una reglamentación al derecho de enseñar y aprender sería razonable? También solicíteles que ofrezcan ejemplos para apoyar sus afirmaciones y continúe con el diálogo: ¿por qué la Corte afirma que la exigencia de 1,60 de altura no guarda relación alguna con el ejercicio del derecho de estudiar el profesorado de matemática? ¿la resolución 957/81 otorga una posibilidad de estudio a los más altos en comparación con los que no llegan al metro sesenta? ¿consideran que este trato es discriminatorio? ¿por qué? ¿qué tipo de prejuicio es el que utiliza el Ministerio durante la última dictadura militar para fundamentar la resolución 957/81? ¿en qué medida este prejuicio es violatorio del principio de igualdad? ¿por qué el Estado tiene un interés vital en la educación? ¿cuáles son los fines de la educación según el art. 75, inc. 19 CN? Acaso estos fines ¿son parecidos con los que en forma de pregunta enumeran algunos de los ministros de la Corte en su argumento 5?
Luego de realizar una puesta en común para analizar todas las respuestas, usted podrá organizar un debate sobre la relación existente entre "democracia" y "derechos" a la luz del caso estudiado, de otros casos y también, sobre algunas noticias que demuestren las dificultades por las que atraviesan las democracias actuales.
La conclusión final de esta actividad consistirá en distinguir cuándo una reglamentación de un derecho es irrazonable y cuándo puede ser razonable y, además, cómo la falta de vigencia de las instituciones democráticas del estado de derecho se convierte en un marco propicio para permitir violaciones a los derechos humanos (como los que ocurrieron en la última dictadura militar).
La actividad también se puede complementar o variar, si se presentan fallos judiciales o casos hipotéticos a los que se aplique la experiencia de análisis del caso de Gabriel. Siempre será recomendable incluir ejemplos que muestren la existencia de casos en los que la limitación del derecho puede estar fundamentada con argumentos posibles. El siguiente caso hipotético, por ejemplo, permitirá iniciar una discusión para analizar cómo una limitación de un derecho no siempre implica una reglamentación irrazonable del derecho de aprender: