Acerca de la conservación de las especies amenazadas de la fauna y flora silvestres

La creciente concientización sobre la importancia de conservar la biodiversidad, ha llevado a la difusión masiva de términos y conceptos como Listas Rojas, especies en extinción o Apéndices del CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestres).
Las Listas Rojas a nivel mundial
A mediados de 1960, la Unión para la Conservación Mundial, conocida en el mundo hispanoparlante como UICN (Cuadro 1), empezó a publicar los Libros Rojos, que son catálogos con información sobre especies globalmente amenazadas de extinción. En 1986, la UICN publicó la primera Lista Roja de Animales Amenazados, donde especies con problemas de conservación fueron clasificadas en las categorías: Extinta, en peligro, Vulnerable, Rara, Indeterminada, Insuficientemente Conocida y Comercialmente Amenazada. Estas listas son un llamado de atención sobre las especies cuya conservación se encuentra globalmente amenazada, pero no tienen fuerza legal en sí mismas como para obligar a los países a tomar medidas para protegerlas. Con propósitos similares al de la UICN, en varios países, regiones o unidades de menor nivel geográfico o político, se confeccionaron listas de especies con problemas de conservación. Cada vez son más los países que tienen listas oficiales de especies amenazadas, otorgándoles, así, protección legal. Es importante que cada país tenga su propia categorización de especies, ya que una especie próxima a su extinción en un determinado país, pero en buen estado de conservación fuera de este, puede revistar como no amenazada en los listados de la UICN, porque no lo está a nivel global. También puede ocurrir que haya disparidad entre la categoría asignada por la UICN y la asignada por el país al que pertenece la especie, debido a la aplicación de distintos métodos o a la diferencia de opiniones entre quienes los aplicaron (aunque esto no debería suceder si se usaran métodos objetivos). Una tercera razón para que los países tengan sus propios listados de especies es que en las listas de UICN no figuran aquellas que no han sido evaluadas con los criterios de esta organización.
CITES
CITES es la sigla de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestres. El objetivo de este convenio, vigente desde 1975, es "coordinar la regulación del comercio de vida silvestre", o dicho de otro modo, proteger a las especies amenazadas por ser comercializadas. De acuerdo con la necesidad de protección de estas especies, el CITES las clasifica en 3 Apéndices: Apéndice I: incluye a las especies cuya conservación se encuentra en mayor riesgo, por lo cual son "especies de comercio internacional prohibido. Apéndice II: se compone de aquellas especies que no están en riesgo inmediato, pero que podrían estarlo, entre otras razones, si no se regula su comercio. Apéndice III: figuran las especies incluidas a solicitud de un país signatario del convenio, que ya reglamenta el comercio de dichas especies y necesita la cooperación de otros países para evitar la explotación insostenible o ilegal de las mismas. Solo se autoriza el comercio internacional de ejemplares de estas especies previa presentación de los permisos o certificados apropiados
Cuadro 1
¿Qué es la IUCN? La UICN (o IUCN) es una organización fundada en 1948, con el objetivo de promover y alentar la protección y el uso sostenido de los recursos vivos. Su nombre original fue Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y los Recursos Naturales. Esta organización, constituida por ONG, gobiernos, agencias gubernamentales y científicos pertenecientes a 181 países, produce una serie de publicaciones, entre ellas, las Listas Rojas.
Cuadro 2
Categorías de Conservación de la Fauna Silvestre vigentes en la Argentina (establecidas por el Decreto reglamentario 666/97) En peligro de extinción: especies que están en peligro inmediato de extinción y cuya supervivencia será improbable si los factores causantes de su regresión continúan actuando. Amenazadas: especies que por exceso de caza, por destrucción de su hábitat o por otros factores, son susceptibles de pasar a la situación de especies en peligro de extinción. Vulnerables: especies que debido a su número poblacional, distribución geográfica u otros factores, aunque no estén claramente en peligro, ni amenazadas, podrían correr el riesgo de entrar en dichas categorías. No amenazadas: aquellas que no se sitúan en ninguna de las categorías anteriores y cuyo riesgo de extinción o amenaza es considerado bajo. Insuficientemente conocidas: especies que debido a la falta de información sobre el grado de amenaza o riesgo, o sobre sus características biológicas, no pueden ser asignadas a ninguna de las categorías anteriores.