Lo que vamos a contarles tiene que ver un poco con el trabajo de base, que ha sido el trabajo, la tarea del equipo
en la Argentina, que es la exhumación y análisis de 340 esqueletos enterrados en el cementerio de
Avellaneda, entre 1976 y 1978. En 1988 comenzamos a exhumarlos y hasta el día de hoy estamos intentando
identificarlos positivamente y restituirlos a sus familiares. Estas son algunas de las conclusiones a las que fuimos
arribando luego de varios años de trabajo, especialmente en lo que hace a la investigación
histórica de este caso.
El EAAF comenzó proponiéndose como objetivo fundamental la identificación -previa
recuperación arqueológica- de restos óseos de víctimas del terrorismo de Estado en la
Argentina. Ese perfil técnico fue modificándose en contacto con la realidad. El cumplir de manera
exclusiva con las tareas arqueológicas y luego aplicar los conocimientos de antropología física
presupone que alguien, antes de tales trabajos, se ocupó de practicar una investigación de la cual el
trabajo específicamente forense es el corolario y ratificación. Lamentablemente, en la Argentina esa
tarea de investigación de base, con una evidente preeminencia de la investigación histórica, no
fue lo suficientemente detallada como para permitir que el equipo se ocupara solamente de su quehacer
específicamente técnico. En otras palabras, al no tener hipótesis concretas y afianzadas de
identificación, hubo que plantearse la necesidad de llevar adelante esa índole de la
investigación histórica. Fue así que este componente comenzó a ser protagonista en la
lista de tareas del equipo. Fueron generándose, entonces, más como producto de la necesidad que de la
previsión, diversos continentes para cada una de las fuentes históricas, cuya recolección se
hacía imprescindible. Pero antes de pasar a las fuentes fue necesario entender cómo funcionaba la
estructura represiva y conocer cada uno de sus momentos. Desde el secuestro de una persona hasta su destino final: su
asesinato o su liberación.
El primer momento del esquema es la desaparición. Es el momento del ingreso de una persona determinada en el
"circuito clandestino de represión". El dato esencial en este momento es el lugar y la fecha en que
se produce el secuestro, punto en donde se separan cuerpo e identidad. Si hay liberación o
legalización, ambos volverán a ser "uno". Si, como solía suceder, concluye con la
muerte igualmente clandestina, la separación se perpetúa. No obstante ser este el primer momento, al
generar el fenómeno que les interesa, una vez ocurrido adquiere enorme trascendencia en la historia personal
de la persona secuestrada. Esa historia personal, anterior al secuestro, puede agruparse en dos subsistemas: uno, que
podríamos llamar propiamente "histórico". Relaciones, antecedentes, ámbitos de
actuación o de militancia, que debidamente conocido tiene que poder explicar el porqué de su
detención en ese lugar y el momento. Y otro subsistema es el "físico".
Luego de la detención las posibilidades son dos. Bajo este punto se consignan aquellas detenciones en las
cuales, por resistirse el secuestrado o por autoeliminación, la detención no es el prólogo de un
cautiverio más o menos prolongado, sino de la muerte. Son estas las que llamamos "muerte
instantáneas", y las hemos diferenciado porque, en general, estos casos resultan más
fácilmente identificables que aquellos que han pasado por la experiencia del cautiverio. La gran ventaja de
estos casos es que la fecha y el lugar del secuestro y fecha y lugar de la muerte, coinciden. La otra forma de
"muerte instantánea" es aquella en la cual la víctima muere en combate. El cautiverio es un
espacio de tiempo durante el cual suceden dos momentos bien definidos: "extracción de
información" y "definición". El cautiverio comienza con la inquisición. La
persona detenida tiene, desde el punto de vista del secuestrador, información operativa perecedera, que este
debe conocer. El tormento es la forma de conseguir tal información operativa, fuente de todo secuestro.
Agotada esta primera etapa, el propósito del interrogatorio será conseguir información
relacionada con la actividad de la persona, base de su "parajuicio". El segundo momento de la
privación de la libertad se relaciona, generalmente, con la espera de un veredicto, que se genera en una
instancia "parajudicial" generalmente ubicada fuera de la estructura de mando del Centro Clandestino de
Detención. Excepcionalmente unos pocos de los secuestrados son desplazados del circuito anterior, por guardar
alguna utilidad para el desarrollo del Centro Clandestino de Detención, lo cual prolonga su
estadía.
Entre las definiciones posibles está la liberación desde el lugar clandestino, la legalización
de la detención, mediante puesta a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, y la muerte. Esta
última asumió, en el período que estudiamos: 1976/1983, dos formas: la ejecución
podía llevarse a cabo previo adormilamiento del secuestrado y su embarque en un avión, por el cual era
arrojado al río o al mar. Este método parece haber sido el utilizado, preferentemente, en los Centros
Clandestinos de Detención dependientes de los comandos de subzona Capital Federal y "Zona 4". Las
posibilidades de recuperación de los cuerpos en estos casos son remotas y se relacionan solamente con algunos
pocos casos en que aparecieron los cadáveres en las costas uruguayas o en el sur del Gran Buenos Aires. La
otra de las principales formas de aplicación de la "pena capital clandestina" fue la
ejecución extrajudicial. Mediante ellas, a veces aduciendo un inexistente enfrentamiento y otras no, las
personas son sacadas de sus lugares de cautiverio y ultimadas. Los centros de cautiverio clandestino dependientes de
la "Subzona 11", esto es Sur y Oeste del Gran Buenos Aires, parecen haber practicado este método.
Aquí la posibilidad de recuperación es mucho mayor. El cuerpo aparece en determinado paraje y se cumple
a su respecto, con excepción de la identificación, con una serie de rituales burocráticos, como
registro en un acta e inhumación administrativa. Con la muerte, el artefacto represivo expulsa un cuerpo sin
identidad. Así esquematizado, el fenómeno de la desaparición asemeja a un sistema de ingreso y
egreso. Su desbaratamiento, a través de un proceso de identificación, se logra consiguiendo aislar las
características que permanecen constantes a través del paso por el sistema. No serán los rasgos
más evidentes de la identidad: nombre, documento, historia, ya que estos se pierden en el sistema, sino otros
caracteres menos degradables, físicos, odontológicos, ostiológicos y genéticos.
La dispersión de la documentación escrita en relación con el terrorismo de Estado en la
Argentina y su falta de sistematización han dado como consecuencia lógica tres aspectos negativos: a)
la falta de acceso a la misma, con la consecuente escasez de información sobre dicho período; b) la
ausencia de la sistematización de documentos, aún hoy significa que casos de desaparición
forzada u otros delitos no son esclarecidos total o parcialmente; c) el riesgo de pérdida de la
documentación siempre está latente, ya que de la enorme mayoría de fuentes de datos no hay
copias y los originales se encuentran en condiciones precarias de seguridad o mantenimiento.
A lo largo de los últimos años hemos aprendido a reconocer y diferenciar la variedad de tipos de
fuentes pudiéndolos clasificar entre "escritas" y "orales". Si bien ambas son muy
importantes, las fuentes escritas tienen un valor mayor, ya que poseen información oficial y bastante
certera.
Dejando por ahora de lado las "fuentes indirectas" u orales, será útil mencionar a las
más relevantes fuentes directas en base a dos criterios de discriminación. Un criterio
cronológico las divide en "contemporáneas" y "posteriores" y, a su vez, entre
"estatales" y "no estatales". En cualquier caso casi todos ellos participan de un defecto
común: su carácter estanco. Se supone que todo archivo tiene un doble propósito: la guarda
pasiva y el uso activo del mismo; sin embargo, en el caso de que nos ocupamos, este último aspecto se halla
casi sin desarrollar.
Vayamos a las fuentes. El archivo de la Conadep, hoy en custodia de la Subsecretaría de Derechos Humanos, es
el mayor intento "post factum" estatal de recolectar información relacionada con el fenómeno
de la desaparición. Es el archivo conformado, básicamente, por relatos de los familiares de personas
víctimas de desaparición, aunque haya también denuncias de "liberados". Y es el primer
ordenamiento que permitió conocer los alcances aproximados del fenómeno. De consulta esporádica
y no sistemática, cuenta con más de 10.000 legajos. Cada legajo corresponde a una denuncia de
desaparición o testimonio de una persona liberada, luego de haber sido detenida. Otra fuente: las causas de la
Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal. Son las causas judiciales
tramitadas entre 1984 y 1987. También posteriores a los hechos y en muchos aspectos tributarios de la
información recolectada por la Conadep, su criterio de unidad ya no es personal. Así la causa 13/84
reunió 711 casos de todo el país imputados a los Comandantes en Jefe de las tres Primeras Juntas
Militares. La causa 44/85 se refirió a hechos ocurridos bajo la responsabilidad de la Policía de la
provincia de Buenos Aires y la 450/86 se ocupó de hechos atribuidos a personal dependiente del primer cuerpo
del ejército, con excepción de lo ocurrido en la Escuela de Mecánica de la Armada, que se
ventiló en causa por separado.
Con criterio más propiamente judicial, que permitió conocer muchos nombres de responsables directos e
indirectos, la información fue incorporándose en los expedientes. No recibió hasta el presente
ningún tratamiento sistemático. Al igual que la fuente anterior es esporádicamente consultada y
para zanjar una cuestión relacionada con algún caso en particular. Sin embargo, el hecho de que el
criterio de reunión de la información no sea personal ha redundado en una dispersión informativa
mucho mayor que la fuente anterior. Se trata de aproximadamente 60 metros cúbicos de papeles, sin más
orden que la incorporación a las causas. Una suerte de depositación burocrática. Así,
encontrar toda la información relacionada con la persona en todas las causas allí obrantes es una tarea
impracticable. Tercer tipo de fuente: el padrón general de casos del EAAF, creado en base a la nómina
de casos denunciados en la Conadep. La práctica fue ampliándolo con la incorporación de casos no
denunciados ante la Conadep, y profundizándolo con la información de fuentes orales. En rigor, esta es
para nosotros una experiencia práctica de un archivo activo. Con las limitaciones propias de la envergadura de
nuestra institución, incorporó información con base personal. La formateó en una
única plataforma y la entrecruzó. Una parte importante de las identificaciones logradas por el EAAF se
originaron en la utilización de este archivo. Obviamente su tamaño es incomparablemente más
reducido, síntesis y codificación mediante, que los antes vistos, lo cual permite una operatividad
mayor. Hoy es paso de consulta inevitable para las personas interesadas, personal o profesionalmente, en el destino
de los desaparecidos.
Originariamente habíamos tenido acceso a la causa judicial relacionada con irregularidades en la
inhumación de cadáveres en el cementerio de Avellaneda, en la que fuimos nombrados "peritos",
lo cual nos permitió llevar a cabo la recuperación de los esqueletos allí enterrados. Como parte
de la mínima investigación desarrollada en dicha causa se recolectaron las partidas de defunción
de todas las personas que fueron inhumadas en ese sector, que son 255 registros. A su vez, la recuperación
arqueológica de los esqueletos permitió conformar otra base de datos. Al mismo tiempo existe una
tercera base llamada "pre-mortem". Cada vez que se toma contacto -a veces espontáneo y otras veces
generado por el EAAF- con familiares de personas desaparecidas, los mismos nos suministran información
física. Por otra parte, en estas mismas entrevistas, así como en otras con viejos compañeros de
militancia de las víctimas y con otras personas que los conocieron, surgía información variada
sobre cada una de ellas. La mayoría de esa información es transcripta en algún archivo de
procesador de texto.
Por último, en orden de aparición pero no de importancia, queda agregar el "registro
genético". Como veremos a continuación, será mejor hablar de los dos registros. La
comparación del ADN mitocondrial extraído de los restos óseos con la información obtenida
de la sangre de familiares de la línea materna ha permitido completar algunas identificaciones. Se remitieron
muestras óseas a los laboratorios de la doctora M. C. King, en Estados Unidos; Erika Hagelberg, en Inglaterra;
el doctor Daniel Corach, en la Argentina; la doctora Ana María Di Lonardo, también en la Argentina. En
conjunto se consiguió extraer información genética de más de veinte esqueletos. El avance
registrado en los mecanismos de expresión de ADN mitocondrial en huesos ha llevado a comenzar una
campaña sistemática de extracción de sangre de familiares de víctimas de
desaparición. Se entenderá ahora por qué hablamos de dos registros. Por una parte se encuentra
la información genética extraída de un esqueleto determinado; por el otro, la obtenida de la
sangre de los familiares. El ADN mitocondrial es el código común a ambos órdenes, que permite
llevar a cabo las comparaciones y lograr la identificación.
Hasta aquí las fuentes "post-factum", gubernamentales las dos primeras, no gubernamental la
última. De las tres puede decirse que están relativamente bien conservadas, aunque las dos primeras son
inutilizables sistemáticamente y podrían calificarse, en su actual estado, de consulta restringida.
Pero aparte de estas, contamos con fuentes estatales y no estatales contemporáneas. Entre las últimas
-las no estatales- los diarios de la época guardan gran cantidad de información que debe ser
aprehendida entre líneas. Uno de ellos ya ha sido analizado y se ha informatizado toda la información
pertinente. Pero el fenómeno más interesante que hemos encontrado es que, mientras el Estado juzgaba y
mataba clandestinamente, su burocracia no dejaba de registrar fenómenos directamente derivados de aquella
actividad secreta. Dos son, pues, las principales fuentes estatales contemporáneas: 1) registro de
defunciones. En el área que nos ocupa, todas las muertes por causa violenta ocurridas en la provincia de
Buenos Aires con aparición del cadáver, se encuentran documentadas en el Registro Provincial de las
Personas. Por imperativo legal, al hallazgo de un cuerpo debía seguir su registro mediante acta de
defunción. Cuando se trataba de personas no identificadas, debe constar una mínima descripción
corporal. Esto significa que hay un registro por cada una de las personas que fueron ejecutadas extrajudicialmente.
Excepción hecha del caso en que dicha ejecución extrajudicial haya sido acompañada por la
ocultación del cadáver mediante su precipitación en el mar. Si bien el EAAF se halla abocado
hace seis meses a la investigación de dichos registros esta tarea debería extenderse a todo el
país. 2) Los archivos penales. La jurisdicción de los jueces penales y civiles se mantuvo durante el
período de mayor represión para los casos de hallazgos de cadáveres. Así, son frecuentes
en los juzgados penales del conurbano bonaerense las carátulas calificadas "múltiple
homicidio". Cada una de estas causas, alguna de las cuales guardan fotografías y hasta huellas
dactilares, siguió su curso hasta los archivos judiciales de cada circunscripción y hoy día
siguen allí. Nunca se ha hecho un valoramiento detallado de estos expedientes. Sabemos que están
allí, que no es sencillo acceder a ellos. En algunos casos están siendo destruidos por el simple paso
del tiempo. Finalmente los "archivos federales". La jurisdicción de los jueces federales
también se mantuvo. Así como se explicó en el punto anterior, algunos casos de hallazgo de
cadáveres, en lugar de ser derivados por las autoridades policiales hacia los juzgados penales comunes, eran
remitidos al juez federal con competencia territorial en el lugar del hallazgo. Estas causas se encuentran archivadas
en los distintos juzgados federales del conurbano, toda vez que no fueron solicitadas por la Cámara Federal de
Capital Federal.
El diagnóstico. La rápida descripción anterior permite comprobar la existencia de un sistema
que, generado por las necesidades de formación que fueron presentándose, con sus defectos y sus
virtudes, no resulta armónico. Tal característica queda reflejada de manera evidente por la
dispersión de la información, su eventual repetición, el carácter aleatorio de las
conexiones entre los registros y la pérdida de hipótesis intermedia.
Para explicar solamente uno de estos puntos -la repetición- será de utilidad un ejemplo concreto: el
padrón general de casos de una nómina remite a los actores; es decir, todas las personas cuya
desaparición fue denunciada en algún momento, entre 1974 y 1984; el muy diverso origen de cada denuncia
hace que haya casos denunciados dos veces, con alguna diferencia mínima en los nombres denunciados en una y
otra ocasión. A los fines de la determinación exacta de cuántas personas fueron denunciadas como
desaparecidas, estas mismas repeticiones implican un factor distorsivo que perjudica al sistema.
Por todo lo expuesto, desde el principio de este año (1997) el equipo está trabajando sobre tres
ejes en la Argentina: recuperación de fuentes escritas oficiales, en su clasificación y
análisis; recolección de muestras de sangre de familiares y análisis de restos óseos con
fines genéticos, y profundización de la investigación histórica.
Creemos que, como hemos volcado en las páginas anteriores, queda en claro cuál es el universo de información a recuperar. A fuerza de ser sinceros, es imposible conocer a priori la envergadura total de la información a colectar. Por ejemplo, la cantidad de causas judiciales que va a deparar un archivo determinado. Sin embargo, puede suponerse que la cantidad de información será enorme. En ese caso el criterio rector será, inicialmente, abarcativo. Si no es factible la recuperación en el soporte más adecuado en los plazos programados y, tratándose de información en peligro de destrucción, lo primero que deberá ser garantizado es su preservación, a riesgo de no profundizar su análisis en el mismo momento. Ahora bien, la pregunta que surge es: ¿Quiénes serán los destinatarios de la información? Una respuesta formal sería decir que los archivos no tienen destinatarios específicos, lo cual es parcialmente cierto. Sin embargo, tratándose de información relevante no sólo en términos históricos, es imperativo brindar la información que se vaya acumulando a los familiares de personas desaparecidas. De hecho, hace varios años el EAAF es el lugar donde son derivados, previo paso por un organismo o por la Subsecretaría de Derechos Humanos, los familiares, que por el tiempo transcurrido, en general son hijos de desaparecidos que desean averiguar algo sobre el destino de sus allegados. La posibilidad de centralizar la información redundará en una mejor información al familiar. También, como es práctica común desde el corriente año, los familiares son invitados a dejar una muestra de sangre que pasa a conformar nuestro Banco de Datos Genéticos. Muchas gracias.
Extraído del libro Juventud e Identidad III. Congreso Internacional. Tomo II
En http://www.conadi.jus.gov.ar/ Biblioteca
digital