Si pudieras meterte en el túnel del tiempo y viajar a las provincias del norte en 1816, comprobarías que muchas personas hablaban las lenguas de los pueblos que habitaban la zona antes de la llegada de los conquistadores: el quechua y el aymara.

Por eso, cuando se firmó el acta de la independencia se mandaron a imprimir 3000 ejemplares, de los cuales 1500 se hicieron en castellano, 1000 en quechua y 500 en aymara.

Antiguo grabado que representa la Plaza Mayor de San Miguel de Tucumán.


Esta es el Acta de Independencia escrita en dos idiomas. ¿Cuáles son? ¿Te animás a descubrir algunas palabras?

En Argentina, ¿se publican documentos oficiales en quechua y aymara en la actualidad? ¿Por qué será?

Texto completo de la declaración de independencia

Acta de la Independencia de las provincias unidas en Sud-América

En la benemérita y muy digna Ciudad de San Miguel del Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos dieciséis: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado, objeto de la independencia de los Pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España; los Representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, Pueblos representados y posteridad; a su término fueron preguntados:
¿Si querían que las Provincias de la Unión fuesen una Nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli?
Aclamaron primero llenos del santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del País, fijando en su virtud la determinación siguiente:

Nos los Representantes de las Provincias Unidas en Sud América reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los Pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los Reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo del seguro y garantía de sus vidas, haberes y fama.

Comuníquese a quienes corresponda para su publicación y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un Manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.

Dada en la Sala de Sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros Diputados Secretarios.